Se suspende el pago de los Pagos Provisionales Mensuales (PPM) de los próximos 3 meses.
Postergación del pago del IVA de los próximos 3 meses para todas las empresas con ventas menores a UF 350.000 durante el año 2019 ($9.900.000.000 aprox.), posibilitando su pago en 6 o 12 cuotas mensuales a tasa de interés real cero, dependiendo de su tamaño.
Ambas medidas entraran en vigencia el primero de abril.
Por ejemplo, en el caso del IVA, rige para el impuesto correspondiente al periodo tributario de Marzo que se declara y paga en el mes de Abril.
Las empresas PYMEs recibirán su devolución en el mes de Abril.
De acuerdo a lo que declaren en la operación renta de abril próximo.
Postergación pago de contribuciones de abril para empresas con ventas inferiores a UF 350.000 y para personas con propiedades con avalúo fiscal inferior a $133 millones. La contribución postergada será pagada en tres cuotas, junto con las siguientes tres cuotas de contribución, con una tasa de interés real cero (0%).
Liberación transitoria a partir de abril de impuesto de timbres y estampillas a 0% para todas las operaciones de crédito durante los próximos 6 meses.
Medidas de alivio para el tratamiento de deudas tributarias con la Tesorería General de la República (TGR) localizadas en las Pymes y personas de menores ingresos: flexibilidad para celebrar convenios de pago de deudas tributarias con TGR, sin intereses ni multas a partir de abril.
Todos los gastos de las empresas asociados a enfrentar la contingencia sanitaria serán aceptados como gasto tributario.
Se otorgarán mayores flexibilidades en los plazos para presentar Declaraciones Juradas asociadas a la Operación Renta de este año
Vigencia: PPMs a pagar en abril, mayo y junio de 2020
Vigencia: IVA a pagar en abril, mayo y junio de 2020
Vigencia: Desde julio de 2020
Vigencia: En Operación Renta 2020
Vigencia: En Operación Renta 2020
Vigencia: Cuota de contribuciones de abril de 2020
Vigencia: Desde abril de 2020
Vigencia: Desde abril de 2020